Si usted no realiza DPAE se expone a :
- Sanciones civiles: regularización por la Urssaf de cuotas de Seguridad Social eludidas a causa de la ausencia de declaración.
- Sanciones administrativas: penalidad igual a 300 veces la tasa horaria del mínimo garantizado (a saber, 3,52 € en 2016).
- Sanciones penales: la ausencia intencional de DPAEconstituye un delito de trabajo clandestino por encubrimiento de empleo asalariado.
En caso de encubrimiento de empleo asalariado, usted puede ser condenado por el tribunal correccional a una pena acumulativa de:
- 45.000 €de multa y 3 años de encarcelamiento si usted es una persona física.
- 225.000 € de multa y sometimiento a vigilancia judicial si usted es una persona jurídica o entidad.
Textos principales
- Article R8221-5 code du service national
- Article R1227-1 code du service national
- Article R1227-7 code du service national