Urssaf Service Firmes Etrangères

 

Si usted es una empresa de trabajo temporal (ETT), está obligado a realizar la DPAE para el personal permanente y el personal interino.

 

En lo que respecta a su personal interino, la empresa usuaria no está sometida a esta obligación declarativa. Usted debe efectuar una declaración para cada misión, en el momento de la previsión de contratación del asalariado.

 

Los agrupamientos de empleadores también están obligados a realizar DPAE.

 

 Servicio en línea
 Textos principales

Assistance maternelles : article D 133-20 3ème al. code de la Sécurité sociale

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